Las denominadas horas extras son aquellas que exceden de las 48hs semanales. El empleador debe abonarlas, según establece la Ley de Contrato de Trabajo, al 50% en caso de realizarse antes del sábado a las 13hs o al 100% en caso de trabajarlas después de dicho horario. El empleador está obligado a registrarlas en el recibo de haberes. En caso de que estés trabajando horas extras y no te las paguen o no estén registradas en tu recibo de haberes, detalladas como corresponde, tenés derecho a reclamar a tu empleador.