DESDE EL 1º DE ENERO DE 2023 ALCOHOL CERO AL VOLANTE
Legislatura bonaerense aprobó la iniciativa legislativa de Alcohol Cero al volante y se convirtió en Ley en la provincia. La Ley, modificatoria de la Ley 13.927, Código de Tránsito, impone la tolerancia cero de alcohol a quienes estén al volante de vehículos motorizados.
Con esta decisión, el Estado provincial, elimina la tolerancia de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre en quienes conducen por las calles, caminos, rutas, autovías y autopistas del territorio de la Provincia.
La medida reglamenta un parque vehicular que es el más grande del país y que tiene casi cinco millones y medio de personas con licencia de conducir vigente. El parque vehicular de la provincia de Buenos Aires representa el 38% de los vehículos y el 28% de las motos que circulan por el país y, según datos de la ANSV, casi 5 millones y medio de bonaerenses cuentan con una Licencia Nacional de Conducir vigente.
Esto pone de relieve la magnitud de la medida por el universo de sujetos de derechos que reglamenta, a la vez que, supone un cambio cultura radical, en cuanto a las conductas socialmente permitidas. Quizá de la misma envergadura que la prohibición de fumar en espacios públicos.
Con la entrada en vigencia, el 1º de enero de 2023, de la tolerancia cero de alcohol en sangre de los conductores, Buenos Aires se convirtió en la decimotercera provincia en ordenar, mediante una Ley, la tolerancia de Alcohol Cero al volante a nivel local. La tolerancia de alcohol en sangre es cero de cualquier tipo de vehículos en el territorio provincial.
Además, el proyecto aprobado, también prohíbe la conducción y aplica severas penalidades “a quienes hayan consumido medicamentos, psicotrópicos, estimulantes o sustancias que reduzcan las capacidades de manejo” de cualquier tipo de vehículo.
El último informe de seguridad vial de la Provincia de Buenos Aires, muestra que las inhabilitaciones para manejar por alcoholemia positiva, aumentaron este año con 6.162 casos en contraste con los 5.685 del año 2021, ambos registros muy altos.
El mismo Informe, señala que, el 55% de las multas o penalidades por alcoholemia positiva, ocurrieron en individuos de entre 20 y 40 años, siendo el 37% de las víctimas jóvenes de entre 15 y 37 años, indicado desde la cartera de Transporte bonaerense.
LAS SANCIONES POR CONDUCIR CON ALCOHOL EN SANGRE
Las sanciones que establece la ley de Alcohol Cero al Volante, tienen una graduación en el tiempo y por la cantidad de alcohol en sangre.
Durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre, serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
El mismo criterio se aplicará con quiénes estén incurriendo en dicha infracción por primera vez en todo su historial y con un límite de hasta 499 mg de alcohol en sangre y estén al volante de cualquier tipo de vehículo automotor.
En resumen:
• Hasta 499 mg de alcohol en sangre: tres meses de inhabilitación para manejar.
• Entre 500 y 999 mg de alcohol en sangre: seis meses de inhabilitación para manejar.
• Entre 1000 y 1500 mg de alcohol en sangre: 18 meses de inhabilitación para manejar.
• Superior a los 1500 mg de alcohol en sangre: no podrán conducir por el lapso de 18 meses.
Además de la retención de la licencia de conducir, se prevén multas de hasta $180.000 pesos, arresto y obligatoriedad de asistir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
Por último, la Ley dispone que todo conductor de vehículos automotor, del tipo que sea, puede ser evaluado de forma aleatoria para conocer si consumió alcohol o no. En caso de negarse, el proceso puede judicializarse y un tribunal obligaría a la realización del test. Sin embargo, todo individuo que se niegue a ser evaluado será considerado como “positivo”.